Brexit La UE advierte a Reino Unido sobre su incumplimiento en la lucha contra el contrabando de tabaco de Gibraltar

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La Unión Europea considera que Reino Unido ha incumplido sus obligaciones relacionadas con la lucha contra el contrabando en Gibraltar.

En concreto se refiere al establecimiento de un sistema de trazabilidad y medidas de seguridad relativas a los productos del tabaco, que están estipuladas en el artículo 3 (3) del Protocolo de Gibraltar, anejo al Acuerdo de Retirada de los británicos de la Unión Europea.

Así se lo hicieron saber los funcionarios de la Comisión Europea (CE) a los del Gobierno del Reino Unido durante la tercera reunión del Comité Especializado en el Protocolo de Gibraltar, se celebró el viernes 16 de abril de 2021. Representantes de los  Estados miembros, incluida España, asistieron como parte de la delegación de la UE.

El Protocolo de Gibraltar incluye que Reino Unido velará por que su ratificación del Convenio Marco para el Control del Tabaco, adoptado en Ginebra el 21 de mayo de 2003, y del Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos del Tabaco, adoptado en Seúl el 12 de noviembre de 2012, se extienda a Gibraltar antes del 30 de junio de 2020.

"Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo primero [de este artículo], el Reino Unidogarantizará que, a más tardar el 30 de junio de 2020, entre en vigor en Gibraltar unsistema de trazabilidad y medidas de seguridad relativas a los productos del tabaco que sea equivalente a los requisitos y normas del Derecho de la Unión. Este sistema garantizará el acceso recíproco a la información sobre la trazabilidad de los cigarrillos en España y Gibraltar", dice textualmente.

El tabaco ya fue objeto de uno de los memorandos de entendimiento adoptados para regir el proceso de salida de Gibraltar de la UE. En el memorando sobre el tabaco, el gobierno de Gibraltar se comprometía ya a garantizar que, como muy tarde el 30 de junio de 2020, el diferencial del precio medio minorista de cigarrillos, puros, picadura fina de tabaco y otros productos similares no superará el 32% del último precio español. Este compromiso no se aplicaría a las ventas libres de impuestos a pasajeros en puertos y aeropuertos.

En lo que respecta a los cigarrillos, el mercado se dividiría en cuatro categorías de producto según un precio mínimo fijado para cada categoría. Para la picadura fina se establecieron dos rangos.

Las autoridades gibraltareñas competentes debían fijar los precios mínimos minoristas de cada una de las categorías de productos del tabaco, que se publicarían trimestralmente en la Gaceta de Gibraltar, y pondrían en marcha los mecanismos necesarios para garantizar que todos los minoristas los respetan.

Además incluía que las partes adoptarían mecanismos de seguimiento para intercambiar, cada trimestre, información relativa a las cantidades importadas, vendidas o exportadas de productos del tabaco. En el caso del tabaco crudo o sin elaborar, con especificación de la variedad, el origen, el exportador, el destino, el importador y el peso en kilogramos. Además contempla la tendencia de los precios minoristas de cada tipo de producto del tabaco e indicará: el precio medio ponderado de la cantidad vendida, el precio mínimo y el máximo.

Las partes se comprometieron, decía textualmente, a cooperar “en la identificación de las personas domiciliadas en su respectivo territorio que, en el marco de procedimientos iniciados en relación con el contrabando de productos desde o hacia Gibraltar, puedan ser considerados directa o indirectamente responsables de dichos actos”, así como en las investigaciones abiertas para la determinación de los hechos y la atribución de responsabilidad. Esto supone que Gibraltar comunicaría a España información individual relativa a elementos patrimoniales a efectos de tributación, con el fin de recaudar las deudas debidas al Estado. Además cooperarían en la retención de cualquier pago que la Administración requerida deba hacer al supuesto deudor y la congelación de elementos patrimoniales.

Según una nota de prensa de la CE, el Comité reunido este mes fue establecido por el Acuerdo de Retirada para facilitar la implementación y aplicación del Protocolo de Gibraltar incluido en ese gran pacto, que es una prioridad clave para la UE y el Reino Unido. En el ámbito de los derechos de los ciudadanos, el trabajo del Comité se basa en las deliberaciones del comité de coordinación, establecido por el Protocolo e implementado por un Memorando de Entendimiento, como foro de discusión regular entre las autoridades competentes sobre los derechos de los ciudadanos.

La UE y el Reino Unido intercambiaron actualizaciones sobre el Protocolo. "Compartimos el objetivo de asegurar la correcta aplicación del Protocolo para proporcionar seguridad y prosperidad continuadas a Gibraltar y su entorno, en particular el territorio de los municipios que integran la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar", explica la CE.

La UE y el Reino Unido reafirmaron su compromiso de respetar los compromisos en materia de derechos de los ciudadanos descritos en el Protocolo. Sin embargo, la UE recordó que considera que el Reino Unido ha incumplido sus obligaciones estipuladas en el artículo 3 (3) del Protocolo de Gibraltar, relacionadas con el establecimiento de un sistema de trazabilidad y medidas de seguridad relativas a los productos del tabaco.

Los copresidentes acordaron que el Comité Especializado se reunirá según sea necesario y al menos una vez al año para discutir cualquier tema relevante, incluidos los informes del comité de coordinación.

Fuentes: Europa Sur

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