El TJUE avala revocar licencias a distribuidores que vendan tabaco a jóvenes

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves que los países miembros pueden establecer los regímenes sancionadores que consideren necesarios para prohibir la venta de tabaco a menores de la edad, incluida la suspensión de licencias a vendedores y distribuidores.

En un comunicado difundido este jueves, la corte europea recalcó que el interés de proteger la salud humana prevalece sobre el derecho del empresario a vender productos del tabaco, aunque recordó que las sanciones aplicables deben quedar dentro del respeto del Derecho de la Unión Europea (UE) y del principio de proporcionalidad.

En respuesta a una cuestión prejudicial italiana, el TJUE resolvió que las medidas administrativas permitidas por la legislación nacional no deben exceder lo que resulte apropiado y necesario para lograr los objetivos "legítimamente perseguidos" por dicha normativa.

"La gravedad de las sanciones deberá adecuarse a la gravedad de las infracciones que castigan, garantizando, en particular, un efecto realmente disuasorio y respetando al mismo tiempo el principio general de proporcionalidad", reza el texto.

Respecto al rigor de las suspensiones de licencias, el tribunal señaló que la protección de la salud humana reviste una "importancia preponderante" en relación con los intereses de orden económico, por lo que la consecución de este objetivo puede justificar consecuencias económicas negativas.

"La suspensión de la licencia para el ejercicio de una actividad de expendeduría de tabaco durante un tiempo limitado cuando se infringe por primera vez la prohibición de vender productos del tabaco a menores no atenta, en principio, de forma desmesurada contra el legítimo derecho de los operadores económicos a ejercer su actividad empresarial", dictó.

El TJUE consideró que el equilibrio entre el rigor de las sanciones y la magnitud de la infracción de que se trate queda garantizado por dos factores: en primer lugar, que las multas que acompañen a la suspensión de la licencia varíen según la gravedad de la falta y, en segundo lugar, que la revocación solo esté prevista en caso de reincidencia.

En esas circunstancias, la corte comunitaria indicó que no cabe concluir que este sistema de sanciones exceda los límites de lo necesario para alcanzar el objetivo de proteger la salud humana y, especialmente, de reducir el predominio del tabaquismo entre los jóvenes.

Fuentes: EFE

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